Residencia Temporal como Rentista en Costa Rica
La categoría de residencia temporal como Rentista está diseñada para extranjeros que desean establecerse en Costa Rica y cuentan con ingresos estables provenientes del extranjero o mediante un depósito bancario nacional.
De conformidad con la normativa migratoria costarricense, podrán optar por esta categoría quienes demuestren que, durante un período no menor a dos años, percibirán una renta mensual mínima de $2,500 USD, o bien, quienes realicen un depósito de $60,000 USD en una entidad bancaria autorizada. El banco deberá certificar que la devolución de dichos fondos se efectuará en pagos mensuales conforme a los lineamientos de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).
Requisitos Generales
Escrito de solicitud formal ante la DGME
Comprobante de depósito de $50 USD
Comprobante de depósito de $200 USD
Pasaporte vigente
Certificado de nacimiento apostillado
Certificado de antecedentes penales apostillado
Comprobante de huellas dactilares emitido en Costa Rica
Fotografía reciente tamaño pasaporte
Documento emitido por autoridad competente que demuestre el origen y continuidad de los ingresos o constancia del depósito bancario
Demostración de permanencia legal en el país
Ventajas de la Residencia Rentista
Permite residir legalmente en Costa Rica junto con su núcleo familiar (cónyuge e hijos dependientes).
Facilita la apertura de cuentas bancarias y la adquisición de bienes.
Posibilita la solicitud de residencia permanente tras tres años de vigencia.
Allana el camino hacia la ciudadanía costarricense, consolidando su proyecto de vida en el país.
Acompañamiento Profesional
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