Homologación de Licencias Extranjeras en Costa Rica: Todo lo que necesita saber
Homologación de Licencias Extranjeras en Costa Rica: Todo lo que necesitas saber
Si estás viviendo en el país, planeás quedarte una temporada larga o simplemente querés tener tus documentos al día, llega el momento de homologar tu licencia para obtener una licencia costarricense equivalente.
Conducir en Costa Rica con una licencia extranjera es posible, pero solo durante el tiempo que tu estatus migratorio lo permite.
Si está viviendo en el país, planea quedarse una temporada larga o simplemente quiere tener sus documentos al día, llega el momento de homologar su licencia para obtener una licencia costarricense equivalente.
Aunque el proceso está regulado por el artículo 91 de la Ley No. 9078 y por lineamientos técnicos de la Dirección General de Educación Vial (DGEV), en la práctica es un trámite manejable cuando conoce los requisitos con anticipación.
En esta guía le explico, de manera clara y sin enredos, cómo funciona el proceso, qué documentos necesitás y qué detalles revisar antes de pedir la cita.
¿Puedo conducir con mi licencia extranjera mientras tanto?
Sí. Si es turista, está en tránsito o tiene una estancia aprobada conforme a las disposiciones Ley General de Migración y Extranjería, puede conducir aquí mientras dure su permanencia legal. La licencia extranjera es válida por ese mismo período.
Incluso si su país emite la licencia en formato digital, Costa Rica debe aceptarla así.
Además, si su licencia es equivalente a una B1 costarricense o superior, la ley le autoriza a manejar ciertos tipos de motocicletas y vehículos livianos dentro de parámetros específicos. Es una forma de facilitar la movilidad mientras define su situación migratoria.
¿Quiénes sí pueden homologar?
La homologación está pensada para quienes ya viven en Costa Rica o están en proceso de regularizarse. Puede solicitarla si:
Tiene un estatus migratorio aprobado.
Está en trámite migratorio y cuenta con un comprobante vigente.
Es costarricense con licencia obtenida en el extranjero.
Es funcionario diplomático o de organismos internacionales acreditados.
La Ley No. 9078 también aclara un detalle importante: no existe un tiempo mínimo de estadía. Es decir, no tiene que esperar meses para iniciar el proceso.
¿Qué le van a pedir (y por qué)?
Aunque cada caso puede tener particularidades, la base es siempre la misma. Primero, debe presentar su identificación vigente: cédula si es costarricense; DIMEX o comprobante de trámite si es extranjero.
Luego viene la licencia extranjera. Tiene que estar vigente y en buen estado, y la DGEV la verificará directamente con el país emisor, ya sea por código QR, página oficial o certificación consular. Si está en otro idioma, se requiere traducción, preferiblemente de un traductor acreditado por Cancillería; si no existe, se usan alternativas consulares o declaraciones juradas.
También le pueden pedir el pasaporte para confirmar su nacionalidad y, si su nombre aparece distinto en algún documento, la certificación que explique la diferencia. Esto es muy común en casos de matrimonio, adopción o cambios registrales.
En situaciones donde la licencia fue emitida en un país distinto al de su nacionalidad, se debe demostrar que vivió legalmente allí cuando la obtuvo. No tiene nada de raro: es simplemente para evitar licencias “de paso” en países donde no residió.
Finalmente, antes de la cita necesita un dictamen médico general (con menos de 180 días de expedido) y no tener infracciones graves ni sanciones recientes que impidan continuar con el proceso.
Si la licencia es profesional (B2, B3, B4, C1, C2)
En estos casos la homologación incluye la validación de experiencia previa, tal como lo permite el artículo 91. Además, para algunas categorías será necesario completar un curso especial avalado por la autoridad competente. No es un examen práctico, sino un módulo formativo propio de las licencias profesionales.
¿Cómo se realiza el trámite en la práctica?
La homologación se hace en las sedes regionales de Educación Vial o en los Departamentos de Acreditación de Licencias, siempre con cita previa. Una vez que llega con su documentación en orden, el funcionario revisa su expediente, valida la información con el país emisor de su licencia y le indica cuánto debe pagar para emitir la licencia costarricense.
Consejos que ayudan de verdad
A veces el trámite se alarga no por la ley, sino por pequeños detalles que pueden evitarse. Por ejemplo, asegúrese de que su comprobante migratorio no esté vencido el día de la cita; lleve la traducción oficial si la licencia no está en español; verifique que el país emisor tenga habilitada la consulta en línea; o gestione con tiempo cualquier aclaración de nombre o nacionalidad.
Son pasos simples, pero hacen toda la diferencia.
En resumen
Homologar una licencia extranjera en Costa Rica es un trámite completamente viable si conoce bien el proceso y lleva sus documentos en orden. El artículo 91 funciona como un puente para que quienes ya saben conducir puedan integrarse sin trabas a la conducción nacional, siempre dentro de un marco legal claro.
Si ya está por iniciar el trámite, esta guía debería darte una ruta clara para hacerlo sin contratiempos.